PROCEDIMIENTO DE CANAL DE DENUNCIAS DE FUNDACIÓN GOMAESPAUMA
1. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO
El Canal de Denuncias de Fundación Gomaespuma tiene como objetivo garantizar la identificación, investigación y resolución de comportamientos o actos que infrinjan la ética y las normativas de la Fundación. Se pretende dar respuesta de manera efectiva, protegiendo tanto a los denunciantes como a los denunciados y garantizando la confidencialidad, la transparencia y la objetividad en todos los procesos.
2. AMBITO DE APLICACION
Este procedimiento es aplicable a todas las personas que se relacionen con la FUNDACION GOMAESPUMA independientemente de la relación que tengan con ella (empleados, voluntarios, colaboradores, participantes en proyectos y actividades, proveedores, directivos y miembros del patronato de la FUNDACION.
3. PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE DENUNCIAS
3.1. CANAL DE DENUNCIAS
Las denuncias pueden realizarse a través de los canales habilitados por Fundación Gomaespuma, los cuales permiten mantener la confidencialidad de los denunciantes. Estos canales pueden ser de forma anónima o identificada, según el preferente del denunciante.
3.2. RECEPCIÓN Y ADMISIÓN DE DENUNCIAS
Las denuncias recibidas serán evaluadas y, si son admisibles, se abrirá un expediente de investigación. Se evaluará la veracidad de los hechos denunciados, los posibles riesgos y se analizará la fiabilidad de la información proporcionada.
3.3. DERECHOS DEL DENUNCIANTE
Los denunciantes tendrán derecho a:
- Protección en el transcurso de la investigación: Fundación Gomaespuma ofrecerá medidas protectoras si la denuncia es realizada de buena fe.
- Prohibición de represalias: No se tomarán represalias por la denuncia si no se obra de mala fe.
- Derecho a recibir información: El denunciante será informado de la recepción y resolución de su denuncia, manteniendo su confidencialidad.
- Derecho a elegir el canal de denuncia: Puede optar por realizar su denuncia de forma interna o externa, según lo considere adecuado.
- Derecho al anonimato y confidencialidad: Se garantiza el anonimato del denunciante si así lo decide.
3.4. DERECHOS DEL DENUNCIADO
El denunciado tendrá derecho a:
- Protección durante la investigación: No se aplicarán sanciones hasta que no se verifiquen los hechos denunciados.
- Derecho a recibir información: Se le informará del proceso de investigación y podrá ejercer su derecho de defensa.
- Derecho a la confidencialidad: La identidad del denunciado será protegida durante toda la investigación.
- Derecho a una investigación transparente: El proceso será objetivo y basado en la evidencia.
4. FASES DE LA INVESTIGACIÓN
4.1. INICIO DE LA INVESTIGACIÓN
Una vez recibida una denuncia, el Responsables del canal de denuncia al de denuncia abrirá un expediente con los datos clave, incluyendo la fecha de recepción, los detalles de la denuncia y las personas implicadas. Se procederá a la recolección de evidencias y, si fuera necesario, a la implementación de medidas urgentes para proteger el proceso.
4.1.1. Equipo Investigador
El Responsables del canal de denuncia, con el apoyo de personal capacitado y bajo estrictas medidas de confidencialidad, será el encargado de investigar la denuncia. En caso de conflictos de interés, se excluirá a los implicados de la investigación.
4.1.2. Acciones de la Investigación
Se podrán realizar diversas acciones, como entrevistas, análisis de evidencias, o recurrir a expertos externos para garantizar la validez de la investigación. El proceso de investigación no excederá de tres meses.
4.2. FASE DE RESOLUCIÓN
Al finalizar la investigación, el Responsables del canal de denuncia presentará sus conclusiones y propondrá medidas al Comité de Dirección o director. Las posibles medidas incluyen:
- Denuncia no procedente: Si no se encuentran pruebas de incumplimiento.
- Denuncia procedente: Si se confirma la veracidad de los hechos, el Responsables del canal de denuncia recomendará sanciones que se ajusten al Convenio Colectivo de la Fundación, la legislación laboral y las responsabilidades penales.
4.3. INFORME DE CONCLUSIONES
El Responsables del canal de denuncia elaborará un informe final con todos los aspectos técnicos de la investigación, las pruebas obtenidas, las conclusiones y las medidas recomendadas. Este informe será presentado al Consejo de Administración y se informará al denunciante y denunciado.
5. CONFLICTO DE INTERESES
Si algún miembro del Responsables del canal de denuncia o del Comité de Dirección o director tiene un conflicto de interés relacionado con la denuncia, deberá ser excluido del proceso de investigación y mantener la confidencialidad.
6. ANEXO I: ACCIONES CONSIDERADAS COMO REPRESALIAS
Cualquier acción que constituya represalia contra el denunciante será sancionada. Algunas de las acciones que se consideran represalias incluyen:
- Cambio de puesto de trabajo o reducción salarial.
- Degradación o negativa a ascensos.
- Suspensión, despido o medidas disciplinarias.
- Intimidaciones, acoso, discriminación o daños reputacionales.
Este procedimiento asegura un sistema justo y equitativo para la gestión de denuncias, protegiendo tanto a los denunciantes como a los denunciados, y asegurando la transparencia y el cumplimiento de las normas y valores éticos de Fundación Gomaespuma.